Dr. Eduardo Terzian: 11-5410-5352
Dra. Graciela Cajaraville: 11-4971-5926
La aberrante doctrina Pichetto sobre el desafuero.

La aberrante doctrina Pichetto sobre el desafuero.

Todos los seguidores de este blog, saben que venimos pregonando la importancia de volver a aplicar lisa y llanamente la «ley» en materia de prisión preventiva.

También, venimos destacando, que sin la aplicación de la ley en materia de prisión preventiva, nunca se podría producir un Lava Jato argentino. Ver al respecto el siguiente enlace de nuestro blog: https://www.abogadostc.com.ar/blog/2017/07/14/lava-jato-y-prision-preventiva/.

Hoy en día los hechos desencadenados a partir de la aparición de los famosos cuadernos, nos está dando la razón: la prisión preventiva, legalmente aplicada «ablanda» a los imputados y los incentiva a la delación. Sin prisión preventiva, los imputados a través de sus abogados podrían dilatar una hipotetica condena firme por más de diez años, lo que en la práctica tornaria ilusoria cualquier investigación eficaz.

Por ello recibimos con alborozo el retorno a la ley en materia de prisión preventiva y el abandono de la «doctrina» derivada del fallo Diaz Bessone. Recordemos que muchos intentaron ver en ese fallo, que solamente se podia dictar la prisión preventiva en caso de peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación. Como dijimos reiteradamente, esa doctrina es contraria a los artículos 316-319 del Código Procesal Penal de la Nación.-

Hoy restaria remover un último peligro que se alza sobre la continuidad de un verdadero Lava Jato argentino. La llamada doctrina Pichetto en materia de desafuero.

Vamos a iniciar el tema con dos ejemplos extraidos al azar de casos reales:

a.- Maria aparece muerta y con signos de haber sido violada, en un descampado. Un vecino dice haber escuchado gritos y apunta a un tal Juan, conocido de la zona. La policia allana la casa de Juan y lo detiene. En la casa se encuentra ropa ensangrentada de Maria, Juan presenta rasguños en su rostro y cuerpo. Los análisis realizados debajo de las uñas de Maria demuestran que los restos encontrados pertenecen al adn de Juan. El semen sobre el cuerpo de Maria también pertenece a Juan.

b.- Pedro sufre las constantes infidelidades de su mujer. Un dia decide matarla y como su hija menor ve como mataron a su madre, también la mata. Todas las pruebas apuntan a Pedro quien confiesa el hecho

Ningun lector en su sano juicio dudaria que estas personas deben aguardar en la carcel la realización de un juicio. Técnicamente ello se denomina Prisión Preventiva.

Ahora bien, si Juan o Pedro fueran Senadores de la Nación y los delitos no fueran descubiertos en estado de «flagrancia», no irian presos. Es más podrían burlarse de nosotros dia tras día. Incluso podrian aparecer en TV y decir que efectivamente cometieron los crimenes pero que nadie los puede detener.

Estas aberrantes e irracionales consecuencias son la llamada «doctrina Pichetto»: ningun Senador puede ser detenido hasta que no haya condena firme, mientras tanto goza de «fueros».

Escuchó bien amigo lector: no importa que un senador fuera homicida o violador. No importa que varios jueces pidan su desafuero y detención. No se lo puede detener mientras tenga fueros. Y según el senador Miguel Angel Pichetto va a tener fueros mientras no recaiga condena firme (mínimo cuatro años de duración de un juicio).  No es un chiste.

Los medios de comunicación deberian advertir una y otra vez sobre este tema y poner en ridículo la pretendida solvencia intelectual del senador Miguel Angel Pichetto, para no frustrar este incipiente proceso de depuración moral en nuestro país.

Dr. Eduardo Terzian


Los comentarios están cerrados